Las instituciones europeas han aprobado la ampliación del Arbitrio sobre las Importaciones y Entrega de Mercancías en Canarias (AIEM).
El AIEM es un impuesto estatal indirecto que contribuye al desarrollo de la producción de bienes en Canarias y que grava la producción o elaboración de toda clase de bienes muebles corporales y la importación de bienes de igual naturaleza en el territorio canario. Siendo el objetivo de este tributo, la protección de la producción local.
A nivel nacional, en las Islas Canarias poseemos un régimen económico-fiscal diferente al resto de España.
A nivel europeo, como región ultraperiférica de la UE, disponemos de medidas concretas en la aplicación del Tratado de la Unión, entre ellas, en el ámbito de la fiscalidad, debido a nuestra situación geográfica, a la escasez de recursos naturales, a nuestra condición de insularidad, a nuestra lejanía del conteniente, así como por el resto de particularidades y especificidades.
En el texto recientemente respaldado por las Instituciones Europeas, se reconoce explícitamente la autorización de exenciones totales o parciales del AIEM para mercancías producidas localmente. Este mecanismo de exención, creado en 2002, permite compensar parcialmente a la industria local por los costes de producción adicionales motivados por el aislamiento del Archipiélago; proteger la producción interior y promover e incentivar los productos locales, las actividades industriales y de producción.
La nueva Decisión Europea entrará en vigor el 1 de enero de 2021 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, sin perjuicio de la obligación de presentar un informe intermedio sobre su aplicación por las autoridades españolas antes del 30 de septiembre de 2025.
El nuevo AIEM autorizado por el Consejo presenta algunas diferencias significativas respecto al AIEM en vigor. La más relevante es la relativa a la flexibilidad inédita que se da a las autoridades españolas para ajustar el impuesto. La nueva Decisión del Consejo establece un listado de unos 100 productos a 4 dígitos, permitiendo al Parlamento de Canarias decidir, en cada caso y dentro de ese marco, la decisión sobre los productos concretos a gravar, el nivel de desagregación y el tipo aplicable.
Asimismo, se establecen en la propia Decisión criterios objetivos para la inclusión de nuevos productos en el listado, que deberán demostrar la existencia de costes adicionales de producción y tener, salvo excepciones debidamente justificadas, una cuota de mercado de producción local entre el 5% y el 90%.
En términos globales, se trata de un texto que permite movimientos más flexibles respecto a los actuales, más libertad en la gestión y mayor nivel de responsabilidad para Canarias. Ahora bien, todo esto requerirá que el Parlamento de Canarias adapte el listado de productos a las exigencias de la nueva Decisión y a los cambios producidos en la producción local.
Este procedimiento legislativo a nivel local se encuentra ya muy avanzado y se espera que pueda estar concluido antes de finales de 2020.
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